Analizamos la convocatoria de EU-law

Hola a todos,

Para darle al análisis seguiremos el método socrático, que cuando nuestra croqUEta se pone, no hay quien la pare.

¡Ya estamos en marcha! Salió la convocatoria de administradores AD5 en EU LAW de la Unión Europea. 104 plazas para todos los amanes del derecho Europeo y que estabáis esperando como agua de Mayo. Esta oposición y la de Secretaries, ocuparán el grueso de nuestros sueños de verano y como nuestra croqUEtil palabra estaba dada, aquí va nuestro análisis (por mar y tierra…bueno, por escrito y en bandeja).

¿Cuántas plazas? y ¿Cuándo arranca?

Pues la cosa viene cargadita, en total 104 plazas, ¡Hay para tod@s! Atentos que esto ha arrancado ya y tenéis hasta el 15 de Septiembre AL MEDIODIA para validar vuestra inscripción. Es decir un més y medio aproximadamente

¿Condiciones para poder presentarse? ¿idiomas? ¿experiencia profesional?

Las clásicas (o generales) : tener nacionalidad de Estado miembro de la UE, el servicio militar cumplido y cumplir con los demás requisitos para las tareas del puesto.

Condiciones específicas – idiomas

LENGUA 1: A elegir entre las 24 lenguas de la Unión y debemos tener mínimo C1 (no pongáis en la aplicación ningún apartado por debajo) en la que haremos el CBT (razonamiento verbal, numérico y abstracto) y también podemos rellenar nuestra candidatura.

LENGUA 2: INGLÉS o FRANCÉS (si, sólo podeis elegir una de esas dos, el curro obliga) la novedad es que aquí piden tener mínimo C1 también (no hay que mandar título, si sois autodidactas y eficaces trabajando en esos idiomas esto es lo vuestro) no pongáis en la aplicación ningún apartado por debajo) en la que haremos la prueba intermedia (Microsoft office) y el Assessment.

OJO – Lengua 1 y lengua 2 no pueden ser la misma, no seamos pillines y para comunicaros con EPSO, si fuera necesario, podeis usar cualquiera de las 24 lenguas donde tengais un B2 o más.

Condiciones específicas – Experiencia de Estudios y laboral

Este es el árticulo 1, apartado 2 , letra a) de la Directiva 98/5/CE
  • EDUCACIÓN – para poder presentarnos nos van a pedir estudios de al menos 4 años demostrables por un título (la antigua licenciatura o grado de 4 años o grado+master) de derecho (de un país UE)
  • ACREDITACIÓN PROFESIONAL -si no cumples el punto anterior, bastará con estar autorizado para ejercer actividades profesionales (de abogado) en un Estado miembro con uno de los títulos profesionales enumerados en el artículo 1, apartado 2, letra a), de la Directiva 98/5/CE [Este criterio estaría pensado para alguien quien se sacó el título en U.K y ejerce en un país de la UE (U.K no cuenta como tal)]

Podemos decir que estos requisitos buscan abogados de verdad, pero sin pasarse. No se exige un mínimo de experiencia profesional o ningún otro requisitio más allá de los dichos anteriormente ¡¡¡YUPI!!!

¿A qué pruebas me voy a enfrentar? ¿cuántas fases son?

Siendo realistas, se dividen en 5 fases : 1) rellenar la candidatura, 2) los test CBT, 3)la intermedia con la prueba de comprensión lectora y conocimiento de la materia, 4) la verificación de cumplimiento de las condiciones y 5)el assesment.

  • Fase 1 – la candidatura. Tenéis hasta el 15 de Septiembre (al mediodía) para presentarla y antes rellenarla con cariño. Se espera que aquí vengan unos cuantos cientos a puntarse o más, con la que esta cayendo este oposición resulta muy jugosa.
  • Fase 2 – Las pruebas preliminares de opciones múltiples por ordenador (CBT- Computer Based Test para los iniciados y para hacerlo más corto). Incluye una prueba de comprensión linguistica en vuestra lengua 1 (aquí el ejemplo oficial de EPSO) Esta fase pasarán ¡¡todos los que superen la puntación mínima!! estó está tirado, así que id con calma, con confianza pero sin confiarse)

De la parte de razonamiento verbal, numérico y abstracto no hablaremos mucho por aquí (podéis visitar otras entradas donde si lo hacemos y aquí recursos y cursos) además, insistimos, para vuestra tranquilidad ¡sólo teneis que aprobar! sacar lo que pone en la tabla, nada más. Los resultados no suman, así que os da de sobra si sacais un 10 de 20 en verbal (o más) y 8 de 20 entre numérico y abstracto (o más), no es mucho pedir.

  • Fase 3 – ¿Preguntas de opciones multiples relacionadas con el ámbito de especialización? . ¿eh? tranquilidad, es como el test de CAST perfil EU Law. Es un test sobre conocimientos generales del derecho UE (ya sabéis, tratados y sentencias principales del TJUE a tope) . El de comprensión linguística es igual que el anterior pero esta vez en inglés o francés, si vamos a currar con esas lenguas el resto de nuestra vida que menos que tenerlas dominadas 🙂 ¡ATENCIÓN! aquí si que se tendrá en cuenta la nota del test de conocimiento, según nuestro resultados irán realizando la evaluación de nuestro CV es decir la la fase 4
  • Fase 4 – verificación de cumplimiento de las condiciones (cacheo de tu CV para ver que realmente cumples el perfil y la experiencia). Asegurate bien que tu CV se ajusta al de una oposición para expertos de derecho europeo, no te olvides de poner tu título de abogado (aunque hayas trabajado de juez en el tribunal supremos 20 años) . A medida que revisen CV, por el orden que salió de la fase 3 y cumplan requisitos, se irá llenando la bolsa de candidatos que pasen a la fase 5, hasta un total de 3 veces las plazas, estamos hablando de unos 312 candidatos ¡no queda na!
  • Fase 5 – Assessment. Llegamos a la ronda final, además de tener que presentar todos nuestros papéles en formato digital (la famosa memoria USB), aquí la cosa se pone peculiar, ya que este año, la oposicion estrena prueba el ejercicio de simulación o role play , en realidad tendréis 2, para evaluar vuestras competencias. Mientras estamos trabajando para escribir sobre ello, que no cunda el pánico, hay otras pruebas, las clásicas presentación oral y la entrevista de competencias generales y una última prueba en el assessment, la prueba escrita en el ámbito de especialización , un clásico de EPSO, donde nos preguntan , de forma aplicada por cosas del derecho europeo y nos tendremos que explayar para mostrar nuestros conocimientos (¡en idioma 2!) y fijarse que esto pesa más que la parte de competencias (100 ptos de conocimiento frente 80 de competencias, así que toca estudiar un poco) .

¿ Qué puedo esperar en este trabajo?¿Mi título de educación es válido?

Aquí os invitamos a mirar el anejo I y el anejo III de la convocatoria. En el anejo I se recogen, entre otras cosas, lo que se espera que hagáis una vez en el puesto (¡que nadie diga que no le avisaron!). Os recordamos que un AD5 se incorpora con un sueldo base de unos 4500 netos (incluida cuota de expatriación) y que puede aumentar si tenéis familia al cargo y otras condiciones.

En el anejo III tenemos una fantástica lista de titulaciones escolares, académicas junto con los niveles-oposiciones a los que dan accesso y además ordenado por países, así que es ahi donde podeis ver si vuestro título es válido y da acceso a que nivel de oposición.

Listado de Recursos útiles

  1. El CBT o los test psicotécnicos
  2. El Assesment centre
  3. 10 recursos gratuitos para preparar esto.
  4. los Cursos YSE

19 comentarios en “Analizamos la convocatoria de EU-law

  1. Buenas, tras haber leído la convocatoria, hay algo que no me queda claro respecto a los títulos, ¿un español se puede presentar sólo con el grado de derecho (4 años) o requiere también que sea apto para ejercer la abogacía (que haga máster)?

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    1. Hola Victor,

      La convocatoria indica :

      Un nivel de estudios que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios de cuatro años como mínimo , acreditado por un título en Derecho;

      O BIEN, ([las mayusculas son nuestras]

      la autorización para ejercer actividades profesionales en un Estado miembro con uno de los títulos profesionales enumerados en el artículo 1, apartado 2, letra a), de la Directiva 98/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 1998, destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en un Estado miembro distinto de aquel en el que se haya obtenido el título (DO L 77 de 14.3.1998, p. 36).

      Por lo tanto con un título universitario en Derecho de cuatro o más años , uno podría presentarse. La autorización está pensada para gente que ha estudiado o tiene título de fuera de un estado ajeno a la UE (estamos pensando en uno que empieza su abreviatura empieza por U y acaba por K) pero puedo ejercer legalmente como abogado en un Estado miembro de la UE

      Un saludo,

      YSE team

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    1. Hola Carmen, no hay una frecuencia fija. Dado el tipo de perfil general de expertos en derecho que busca y la necesidad del mismo en las instituciones, calculamos que cada pocos años pero podría salir otra con un perfil más especializado en algún área ( de hecho casi todos los años sale alguna) como por ejemplo derecho de la competencia (EPSO/AD/374/19) , que viene de terminar.

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